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PARA DOS DE LOS JUECES, "NO HA PODIDO DEMOSTRARSE" EL DELITO DE "ASOCIACIÓN ILÍCITA"
CAUSA VIALIDAD

PARA DOS DE LOS JUECES, "NO HA PODIDO DEMOSTRARSE" EL DELITO DE "ASOCIACIÓN ILÍCITA"

Por informa provincia / 9 de March, 2023
Los magistrados publicaron los fundamentos del fallo que proscribe a Cristina Fernández. Ahora las partes podrán apelar la resolución ante Casación.

El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py conformado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, concluyó que entre 2003 y 2015 hubo "manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez", según consta en los fundamentos de 1.616 carillas difundidos esta mañana, en relación al veredicto en la causa Vialidad.

Los magistrados afirmaron que no existe especulación electoral en su fallo y acusaron a la titular del Senado de realizar “una defensa mediática y extrajudicial” y definen al lawfare como “una nueva teoría conspirativa tan antigua como el propio Estado de Derecho”.

Por otra parte, Gorini y Giménez Uriburu concluyeron que "no ha podido demostrarse" la existencia de una asociación ilícita en la causa. "Hemos llegado a la conclusión de que la premisa acusatoria respecto a esta figura penal parte de una hipótesis equivocada", advirtieron.

Además, los jueces evaluaron que no se probó la existencia de una "pluralidad de planes delictivos indeterminados y, en razón de la tesis fiscal vinculada a esa pluralidad, a la cantidad de personas que habrían integrado la organización".

A partir de ahora, todas las partes podrán apelar el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal, entre ellas la defensa de la Vicepresidenta, condenada a seis años de prisión en el juicio que culminó el 6 de diciembre pasado.

En tanto, se espera que Cristina Fernández aluda al tema en su aparición pública prevista para mañana en Río Negro.